A la hora de trabajar como profesionales independientes, se nos abre un abanico de oportunidades nada desdeñables. Por ejemplo, no es obligatorio trabajar para una sola empresa, ni encontrarse físicamente en la ciudad o residencia de la empresa en cuestión; con lo cual, se amplía el número de posibilidades empresariales al tener la opción de trabajar desde la distancia.
Sin embargo, darse de alta en la Agencia Tributaria como profesional suele ser un quebradero de cabeza, pues es necesario tener en cuenta una serie de pautas y afrontar numerosos obstáculos burocráticos. Para empezar, siempre surge la gran pregunta: ¿es necesario darse de alta como autónomo? Como sabemos, existe una cuota de autónomos que no todo el mundo se puede permitir.
La respuesta es no: no es obligatorio darse de alta como autónomo. En vez de eso, se puede trabajar por cuenta ajena, pero, de nuevo, teniendo en cuenta una serie de obligaciones y responsabilidades. La primera de ellas es la declaración anual y trimestral de impuestos, en decir, del IRPF y del IVA, o IGIC si somos profesionales ubicados en las Islas Canarias.
Por otro lado, conviene tener en cuenta si la cantidad que se pretende facturar excede o no el Salario Mínimo Interprofesional anual. En el caso de que no, existe la opción de darse de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Por supuesto, las facturas no han de ser constantes ni tampoco demasiado habituales. Entre otros motivos porque, mientras más frecuencias, mayores posibilidades de alcanzar dicho SMI.
Otra opción es hacer uso de las cooperativas de impulso empresarial. En otras palabras, asociaciones de trabajo. A cambio de que dichas cooperativas facturen por el profesional, este solo deberá hacer frente al pago de una comisión, que ronda normalmente el 4% o el 6%. Escogiendo esta alternativa, se ejerce como trabajador temporal, con lo cual no es obligatorio cotizar en la Seguridad Social.
En última instancia, es el profesional quien decide cuál de las dos opciones se ajustan mejor a sus ingresos y a la frecuencia con la que presta sus servicios. Es importante elegir con criterio.
Fuente:
https://www.wannacash.es/creditos/creditos-sin-nomina