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El BOE confirma el fracaso del “desahucio exprés”

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El Parlamento se ve obligado a aprobar nuevas medidas de agilización procesal

  • En opinión de Arrenta, con esta nueva ley, el legislador se ha visto obligado a implementar nuevas medidas de agilización dado que las puestas en marcha con anterioridad no han dado los frutos esperados
  • Los plazos medios para conseguir, vía judicial, un lanzamiento por desahucio por falta de pago seguirían siendo los mismos por la insuficiente dotación de medios materiales y personales
  • El texto no soluciona otros procesos de desahucio como son la expiración del término contractual, las causas de necesidad y los casos de subarriendos o cesiones no consentidas, por lo que el arbitraje continuará siendo una mejor opción para la solución de este tipo de conflicto


Madrid.– La nueva Ley 37/2011 de medidas de agilización procesal, publicada en el BOE el pasado lunes, demuestra el fracaso de la conocida ley del “desahucio exprés” (Ley de Agilización Procesal del Alquiler) aprobada por las cortes en 2009 y cuya inoperancia ya adelantó la Asociación para el fomento del alquiler y acceso a la vivienda, Arrenta.

En opinión de Arrenta, con esta nueva ley, el legislador se ha visto obligado a implementar nuevas medidas de agilización dado que las puestas en marcha con anterioridad no han dado los frutos esperados. Sin embargo, en la práctica, las modificaciones introducidas por el texto tampoco van a producir mejoras sustanciales en los casos de desahucio por falta de pago.

Para Carlos Ruiz, Gerente de Arrenta, no se sostiene que el legislador justifique el incremento exponencial de los litigios como indicativo “de la confianza cada vez mayor que los ciudadanos depositan en nuestra Administración de Justicia como medio para resolver sus conflictos y pretensiones”. Sobre todo cuando, para de la Asociación para el fomento del alquiler y el acceso a la vivienda, nada dice acerca de la actual situación de crisis económica que vive nuestro país y que ha provocado un aumento del 21% en el número de desahucios por falta de pago en el primer trimestre de 2011.

Las medidas que incluye la nueva legislación no tendrán como efecto una reducción en los tiempos para la solución de estos conflictos por la vía de los tribunales, dado que el problema no está en el proceso, sino que se encuentra en la escasez de medios materiales y humanos para que dichos procesos sean más ágiles, por lo tanto el resultado de los cambios previstos en la ley no será satisfactorio”, ha explicado el Gerente de Arrenta, Carlos Ruíz.\"\"

Arrenta sigue valorando qué mecanismos recomendar en función del partido judicial de que se trata, ya que sólo un 7% de los partidos judiciales de España son más rápidos que el arbitraje. “No es culpa de los Jueces”, según Carlos Ruiz, “que son unos grandes profesionales, sino del sistema, que no les permite agilizar los procesos.”

De esta manera, los plazos medios para conseguir, vía judicial, un lanzamiento por desahucio por falta de pago seguirían siendo los mismos por la insuficiente dotación de medios materiales y personales. Por ese motivo, en opinión de Arrenta, las medidas deberían necesariamente ir acompañadas de estas mejoras para no caer en lo mismo.

Con la nueva ley desaparece el juicio o vista inicial y se sustituye por un requerimiento al inquilino para que desaloje y pague la deuda o se oponga a ello. Sin embargo eso solo permitirá agilizar los trámites para aquellos inquilinos que de buena fe acaten dicho requerimiento y no para aquellos que se opongan. Y para los casos de buena fe no son precisas nuevas medidas”, ha añadido Carlos Ruíz.

Además, el texto no soluciona otros procesos de desahucio como son la expiración del término contractual, las causas de necesidad y los casos de subarriendos o cesiones no consentidas, por lo que el arbitraje continuará siendo una mejor opción para la solución de este tipo de conflictos.

Sobre Arrenta

Arrenta, Asociación para el Fomento del Alquiler y Acceso a la Vivienda, tiene como principal objetivo fomentar el uso de herramientas y garantías para el acceso a la vivienda en alquiler y la resolución de conflictos en Comunidades de Vecinos.

Arrenta pretende impulsar definitivamente el mercado del alquiler y la vivienda en España aportando la seguridad que todas las partes exigen. Seguridad para cobrar las rentas y cuotas, recuperar la posesión rápida de la vivienda, obtener la devolución de fianzas, solventar disputas, etc. En definitiva para resolver cualquier controversia derivada de un contrato de arrendamiento o de una Comunidad de Propietarios.

Las herramientas para lograrlo son:

  • Garantía de Rentas. A través de la empresa Paragon Advance España se proporciona la cobertura de seis o doce meses de rentas a partir del inicio del conflicto y los costes del procedimiento cuando exista un impago.
  • Cobertura de Actos Vandálicos. Asegurados los desperfectos producidos a mala fe por los inquilinos, hasta 3.000€.
  • Defensa jurídica gratuita. En el caso de necesitar los servicios de abogado y procurador –por ejemplo, cuando el inquilino no cumple el laudo y éste deba ejecutarse en el Juzgado de Primera Instancia, o cuando no hay convenio arbitral y todo debe resolverse en los tribunales ordinarios-, todos los servicios de Arrenta cubren esa instancia.
  • Arbitraje de Derecho, por el que se puede obtener un laudo (sentencia firme) en un plazo de 25 días. Esta  agilidad permite el ahorro de 6 meses de media en comparación con acudir a los juzgados.

Seguridad para el alquiler

El alquiler está llamado a ser el protagonista del mercado inmobiliario español en los próximos años, porque es una buena salida para absorber la oferta de viviendas, la opción para que los propietarios obtengan ingresos extras y la alternativa para los inquilinos que no pueden o no quieren acceder a una vivienda de otra forma. El alquiler está creciendo y en 2012 podría llegar a representar el 15 % del total, lo que nos acercaría a los modelos europeos, pero aún lejos del 40% de otros países de nuestro entorno. Para que se dispare el alquiler, es preciso seguir poniendo en marcha medidas para fomentar una oferta mayor y más segura. Por eso la rapidez en la solución de conflictos y la garantía del cobro de rentas son básicas.

Fuente: www.arrenta.es
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Enviado por dmdima - 24/10/2011ir arriba
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