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Así se recurre un multa de tráfico

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Carta de un automovilista fotografiado a 250 Km/h en una vía limitada a 70 (en Francia).

Señor Juez, he visto perfectamente la señal de 70, en negro con círculo rojo, sobre el panel de tráfico, sin ninguna otra indicación de unidades (métricas).

Usted sabe que la Ley del 4 de Julio de 1.837 establece obligatorio el sistema métrico en Francia, y que el decreto nº 65-501 de 3 de Mayo de 1.961 modificado (tomado en aplicación de las directivas europeas), define como UNIDADES DE BASE LEGAL, las unidades del sistema (métrico) internacional (SI).

Usted puede verificar todo esto en la web del gobierno: por lo que en el SI, la unidad de longitud es el METRO, y la unidad de tiempo es el SEGUNDO. Es pues evidente, que la unidad de velocidad LEGAL es, en consecuencia, el METRO POR SEGUNDO.

No puedo ni imaginar por un momento, que el Ministerio del Interior no esté aplicando las leyes de la República.

Por tanto, 70 metros por segundo corresponderían exactamente a 252 Km/h. La Policía afirma que he sido cronometrado a una velocidad de 250 Km/h, esto no lo pongo en duda. Me encontraba pues 2 Km/h por debajo del límite autorizado. Le agradezco tome usted buena nota de ello, devuélvanme mi permiso de conducción y déjenme tranquilo.


Etiquetas: CPeso
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Enviado por CPeso - 24/10/2006 ir arriba
COMENTARIOS añadir comentario
13) ABOGADO.....
..., este tipo ES ABOGADO.
De otro forma no pudo haber sido tan preciso en su descargo.
 0   0   juan - [30/10/2006 20:27:33] - ip registrada
12) Aqui abajo
No existe el baneo?
 0   0   antonio - [24/10/2006 23:38:20] - ip registrada
11) Que vivo
Pero que vivo este hijo de la gran puta, bien por él.
 0   0   Jolele - [24/10/2006 20:38:42] - ip registrada
10) calculando? MANEL !! jajaja
a ver.. si se quiere criticar, se puede empezar diciendo que en el curso para sacarte el carnet de conducir, ya te dicen que no puedes pasar de velocidad X en Km/h...
osea que a éste tío no le vale la excusa..

pero como yo no vengo a criticar al autor ni al protagonista de esta historia.... sólo decirle que aporte más cosas para pasr un buen rato...

a ver si aprendeis
 0   0   bartges - [24/10/2006 19:11:41] - ip registrada
9) Sí, claro
El típico recurso de siempre... convertirlo en "algo que sucedió realmente". Yo no me trago que alguien vaya a 250 en esa carretera, y mucho menos que después hubiese dicho eso tan tranquilo.
 0   0   Nigromante - [24/10/2006 16:41:34] - ip registrada
8) A por el !!!
Como se puede ir a 250 por una via limitada a 70 , que barbaridad y para colmo tener la desvergüenza de recurrir.
Si yo fuera el que sanciona, le meto por el exceso y por tener el descaro de recurrir con semejante argumentacion.
Espero que le haya caido una buena multa, pero de las gordas gordas.
 0   0   Tomas - [24/10/2006 14:26:55] - ip registrada
7) MUY BIEN LAURA
Muy bien, Laura, gracias por la aclaración, como te veo puesta en lo de las multas, a ver si me dices una fórmula para recurrir multas por aparcar en zona azul y no colocar el tiquet, que tengo un montón. Gracias!!!
 0   0   cloe - [24/10/2006 13:37:14] - ip registrada
6) ojala fuera cierto
Resulta que alguien más inteligente que nosotros ya nos hizo aceptar que esa medida estaba en km/h al firmar para sacarnos el carnet de conducir. (Por lo menos es España). Para poder aprobar el teórico hay que saber ese pequeño detalle, de resto es una manera divertida de recurrir algo irrecurrible.....
 0   0   Laura - [24/10/2006 13:12:50] - ip registrada
5) CALCULANDO
Quiere decir con esto q en autopistas puedo ir a 432 Km/h.FABULOSOOOOOOOOOO. OK
 0   0   MANEL - [24/10/2006 10:45:40] - ip registrada
4) Me imagino
la cara del juez, me hizo mucha gracia
 0   0   Andrés - [24/10/2006 10:07:35] - ip registrada
3) jajajjaja
Muy bueno..... si es que deberíamos hacer lo mismo en España.... sobre todo para librarnos de las multas!
 0   0   Cristina - [24/10/2006 10:01:02] - ip registrada
2) pues bueno
si tú lo dices, está bién, que voy a decir yo...bueno
 0   0   enrique - [24/10/2006 09:57:05] - ip registrada
1) Está claro
Cada uno interpreta las leyes como quiere
 0   0   Luis - [24/10/2006 09:40:12] - ip registrada
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